Leyes Financieras

Los agentes económicos han de disponer de reglas o criterios con los cuales poder comparar capitales, sustituir varios capitales por uno solo que sea equivalente a todos ellos, etc. Las expresiones matemáticas de esos criterios reciben la denominación de leyes de financieras.
Una ley financiera es la expresión matemática que permite obtener las cuantías y
referidas al mismo momento 'p' del tiempo.
Se distingue entre leyes de capitalización y de descuento en función de que el punto 'p' de comparación se sitúe a la derecha de los capitales intervinientes (capitalización) o a la izquierda (descuento) anotándose con L(t;p) las leyes de capitalización y con A(t;p) las de descuento.
Las leyes financieras que se utilizan en la práctica; estas se caracterizan por ser estacionarias, es decir, porque únicamente tienen en cuenta el tiempo interno de la operación. Normalmente son funciones lineales respecto de la cuantía, se puede operar con leyes financieras unitarias de manera que una vez obtenida la cuantía equivalente a una unidad monetaria. Una ley unitaria se anota F(t;p).
Son muchas las funciones matemáticas que podemos utilizar como leyes financieras, así que las agrupamos con propiedades comunes:
- Leyes Estacionarias: Sólo se tiene en cuenta el tiempo interno de la operación. La ley financiera unitaria puede expresarse en función de esa variable
. Esta amplificación hace más sencilla y cómoda la operativa con estas leyes financieras y todas las leyes que se utilizan son estacionarias.
- Leyes Sumativas: Intervalo considerado no se acumulan intereses para producir nuevos intereses. La capitalización simple y el descuento comercial se engloban en este tipo.
- Leyes Multiplicativas: Se acumulan los intereses. A este grupo pertenencen la capitalización compuesta y el descuento compuesto.
Las leyes han de cumplir la propiedad de subestimación de capitales futuros respecto de los actuales a igualdad de cuantía lo que da lugar a los conceptos de rédito e interés como retribución o precio por diferir la disponibilidad de un capital.
Surgen un conjunto de magnitudes derivadas que facilitan los cálculos y las operaciones con capitales. Las más importantes son el factor, el rédito y el tanto, que estan definidas para un intervalo temporal finito y el tanto instantaneo, que lo está para un instante del tiempo. A partir del redito surgen las magnitudes interés y descuento.
El factor es el número por el que hay que multiplicar a la cuantía situada en un extremo del intervalo para obtener la cuantía equivalente en el otro extremo.
La ley financiera sirve para hallar las cuantías equivalentes en 'p' y el factor las halla en cualquier otro momento del tiempo. Un extremo del intervalo (;
) es precisamente el punto 'p' de valoración cuando el factor y la ley organiza coinciden. El factor es una magnitud adimensional.
El rédito es el incremento o disminución por unidad monetaria al pasar de un extremo al otro del intervarlo. En valor absoluto, es igual al factor menos la unidad. Es una magnitud adimensional.
El tanto es el rédito dividido entre la amplitud del intervalo (;
). El rédito por unidad de tiempo por lo que mide el incremento o disminución por unidad de cuantía y por unidad de tiempo. Es de dimensión -1 respecto al tiempo. También se le denomina 'tipo de interés'.
El tanto instantaneo es el límite del tanto cuando el intervalo (;
) tiende a cero. Mide la variación por unidad de cuantía en cada instante del tiempo. Conocida la función del tanto instantaneo puede obtenerse, por integración entre 't' y 'p', la ley financiera; si se integra entre
y
se obtiene el factor.
El interés y el descuento son capitales que miden la diferencia entre las cuantías equivalentes y
en los extremos del intervalo (
;
). Se calcula multiplicando la cuantía considerada por el rédito asociado a dicho intervalo.












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