Las Bolsas de Valores

Introducción
Es el mercado en el que se negocian en exclusiva acciones, derechos de suscripcion y valores convertibles. También se contrata la renta fija tanto deuda pública como privada.

En España existen 4 Bolsas de Valores, Madrid, Barcelona, Bilbao, Valencia. Cada una de ellas tiene un Sociedad Rectora, sociedad anónima cuyos accionistas son las sociedades y Agencias de Valores y Bolsa (SVB y AVB)

Las SVB y AVB son intermediarios financieros que ejecutan las operaciones bursátiles. La diferencia principal entre una Sociedad y una Agencia está en que las primeras pueden realizar operaciones, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena y las segundas únicamente por cuenta ajena. Las primeras han de tener unos recursos propios mínimos mayores que las segundas.

Sistema de Contratación Bursátil
Existen 2 sistemas de contratación:

  • Por corros, a viva voz. Actualmente tiene escasa importancia tanto por el número y clase de títulos con los que se opera como por el poco volumen de negocio.
  • Mercado Continuo, que utiliza el sistema electrónico SIBE (Sistema de Interconexión Bursátil Español). La contratación se realiza de forma continua los días hábiles de lunes a viernes, de 9 a 17,30 horas. Las 4 Bolsas estan interconectadas por lo que el precio es único para cada valor.
  • Dentro del mercador continuo, la contratación de las acciones que tienen poca liquidez se efectúa en la modalidad fixing, consistente en agrupar todas las órdenes de compra y venta en 2 momentos de la sección para conseguir una formación más eficiente de los precios.

Operativa Bursátil
El precio de las acciones se indica por unidad el precio que hay que pagar por compra o la venta de un título.

El precio de las obligaciones se expresa en porcentaje el precio que se ha de pagar por 100 EUR nominales. No tiene en cuenta el cupón corrido desde la fecha en que se pagó el último cupón algunas emisiones cotizan precio que incluye el cupón corrido.

El inversor que desea comprar o vender títulos da la orden correspondiente a su Sociedad o Agencia de Valores y Bolsa.
La orden ha de precisar:

  • Clase de orden; de compra o de venta
  • Denominación del valor
  • Número de titulos
  • Condiciones en cuanto a precio, forma de ejecución y plazo

Las condiciones en cuanto al precio se establecen de la siguiente manera:

  • Orden de mercado: No establece ningún límite por lo que se ejecutarán al precio vigente al introducir la orden en el mercado.
  • Limitada: Se establece un límite que es el precio máximo en el caso de compra y el precio mínimo en el caso de venta
  • On Stop: Esta orden la utilizan los inversores que aplican el análisis técnico o chartista. Se compra en el caso en que el precio real sea un límite fijado previamente y se vende si el precio baja del limite establecido. Opera en sentido contrario a las ordenes limitadas

Las condiciones en cuanto a la ejecución de la orden pueden ser:

  • Ejecutar o anular: El volumen de la orden que no se ejecuta en el momento de ser introducida en el mercado, es rechazada.
  • Ejecución mínima: En este caso hay una condición inicial, si en el momento de la introducción de la propuesta no se negocia un volumen fijado como mínimo, la propuesta completa es rechazada
  • Mantenidas: Son órdenes que, en la parte no ejecutada al máximo de variación permitida para la sesión, se mantienen para la siguiente sesión a un precio que no exceda el máximo permitido para esa siguiente sesión
  • Con Volumen Oculto: se le puede asignar a una orden un volumen que el resto del mercado no puede ver y que irá saltando al mercado a medida que la parte visible de la propuesta se vaya negociando

Las condiciones en cuanto al plazo de vigencia de la orden son:

  • Orden Día: Se ha de ejecutar en la sesión bursátil de ese día, si no se anula
  • Hasta una fecha determinada:
  • Hasta 90 dias.

Las operaciones bursátiles pueden clasificarse en:

  • Operaciones al contado
  • Operaciones con crédito al mercado
  • Operaciones a plazo